Escudo de la Universidad Mariano Gálvez de GuatemalaMonedas DigitalesDesafíos para su implementación. Blog del Grupo 6 del curso Economía Global.

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala
Facultad de Ciencias de la Administración · Maestría en Dirección del Marketing
Curso: Economía Global · Sección A · Cuarto Ciclo 2026

Criptomonedas en Guatemala: ni prohibidas ni reguladas como moneda

Qué dicen el Banguat y la SIB, qué cambió con el Decreto 15-2026 y por qué falta un marco legal completo.

Karen Altun · 2 min de lectura

Calle de Guatemala con un arco de estilo colonial al fondo, una motocicleta y carros estacionados.
Foto: Daniel Castellón en Unsplash.

Después de ver el caso de El Salvador, la pregunta obligada es: ¿qué pasa en Guatemala? La respuesta corta es que usar criptomonedas no está prohibido, pero tampoco están reguladas como moneda. Cualquier persona puede comprarlas, venderlas o guardarlas, pero lo hace bajo su propio riesgo.

La base legal es la Ley Monetaria (Decreto 17-2002), que establece al quetzal como la unidad monetaria del país y al Banco de Guatemala como el único emisor de billetes y monedas.

Qué dicen las autoridades

  • Superintendencia de Bancos (SIB): en un comunicado de febrero de 2021 recordó que las monedas virtuales no son moneda de curso legal, no tienen respaldo del Estado, no se consideran divisas y nadie puede ser obligado a aceptarlas como pago. También advirtió que las plataformas que las comercializan no están bajo su supervisión (Emisoras Unidas, 2021).
  • Banco de Guatemala (Banguat): desde 2017 ha sostenido que las monedas virtuales no son medios de pago de curso legal y las ha descrito como activos de inversión que quedan fuera de sus funciones (CriptoNoticias, 2017).

Un primer paso: el Decreto 15-2026

En junio de 2026, el Congreso aprobó la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo (Decreto 15-2026), vigente desde el 17 de septiembre de 2026. Por primera vez, los proveedores de servicios de activos virtuales, como exchanges y custodios, deben identificar a sus clientes y reportar sus operaciones a la Intendencia de Verificación Especial (IVE). La ley no alcanza a quienes guardan criptomonedas en una billetera propia (CriptoNoticias, 2026; Prensa Libre, 2026).

Esta ley no convierte a las criptomonedas en moneda ni crea protección para el usuario. Su objetivo es prevenir el lavado de dinero.

¿Por qué no se ha logrado regular por completo?

  1. Dificultad técnica: las transacciones en una red descentralizada no pasan por ninguna institución local que pueda supervisarlas.
  2. Falta de un marco legal integral: hubo iniciativas en el Congreso para regular el uso de las criptomonedas, pero ninguna se aprobó. La nueva ley antilavado solo cubre a los intermediarios.
  3. Prudencia de las autoridades monetarias: el Banguat y la SIB priorizan la estabilidad del sistema financiero y la del quetzal, y han preferido advertir sobre los riesgos antes que integrar las criptomonedas al sistema.
AspectoSituación en Guatemala (2026)
¿Son moneda de curso legal?No. Solo el quetzal.
¿Está prohibido usarlas?No.
¿Supervisa la SIB a las plataformas?No como entidades financieras.
¿Hay control antilavado?Sí, desde el Decreto 15-2026, sobre exchanges y custodios.
¿Hay protección al usuario?No.

Tabla 1. Elaboración propia con base en las fuentes citadas.

Escrito por Karen Altun

Investiga los riesgos de las criptomonedas y la situación legal de los activos digitales en Guatemala.

2 comentarios del grupo

  1. Zuisly Flores

    No sabía que ya existía una ley que obliga a los exchanges a reportar a la IVE. Es un dato muy actual para la exposición.

  2. Michelle Calderón

    La tabla final resume perfecto la situación. Muchos creen que en Guatemala está prohibido y no es así.